Writen by
Adolfina Mejia
abril 23, 2025
-
0
Comments

Cónyuge, hijos y herederos legales son respaldados por la seguridad social tras fallecimiento del afiliado
A través de la circular 135-25 emitida por la SIPEN, cada una de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) implementará con efecto inmediato esta nueva medida, orientada a facilitar a los familiares el acceso a los beneficios correspondientes.
Los beneficiarios de la pensión por sobrevivencia en una AFP son el cónyuge o compañero de vida, hijos menores de 18 años, hijos entre 18 y 21 años que estén solteros y estudiando, hijos de cualquier edad con una condición de discapacidad e hijos en gestación al momento de fallecimiento el afiliado. En caso de que el afiliado no estuviese casado o en unión libre y no tuviese hijos, el saldo acumulado en su cuenta de capitalización individual se les devuelve a sus herederos legales, tomando en cuenta que las herencias previsionales están exentas de impuestos sucesorales.
A través del portal de la Superintendencia de Pensiones www.sipen.gob.do se puede consultar en cuál plan de pensiones estuvo afiliado un familiar fallecido junto a la información de contacto de dicho plan, ingresando al servicio de “Consulta de Afiliado Fallecido”.
El Departamento de Atención al Usuario de la SIPEN está disponible para consultas de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. en su sede ubicada en la Av. México no. 30, Gazcue o a través del teléfono 809-688-0018 ext. 1 y el correo tufuturo@sipen.gob.do.
La Superintendencia de Pensiones, de conformidad con el artículo 108 de la Ley núm. 87-01 continúa su función de velar por el estricto cumplimiento de la ley y de sus normas complementarias y de proteger los intereses de los afiliados.
No hay comentarios
Publicar un comentario