Writen by
Adolfina Mejia
enero 15, 2023
-
0
Comments

Se otorga este plazo para dar cumplimiento a lo que dispone el Art. 15 del Reglamento 258-93 del Código de Trabajo de la República Dominicana.
Una vez vencido dicho plazo, los inspectores de Trabajo podrán levantar actas de infracción a aquellos empleadores que no hayan cumplido con el depósito del referido documento.
Se recuerda que para la renovación es imprescindible actualizar los datos de la empresa y los establecimientos, para poder completar el registro en el sistema.
De igual forma, se requiere que el documento sea registrado a través de la dirección electrónica https://ovi.mt.gob.do.
Para mayor información, los interesados pueden comunicarse a la dirección electrónica sirla.info@mt.gob.do o llamar al teléfono(809) 535-4404 opción 1 ó extensiones 3016, 3018, 3050.
No hay comentarios
Publicar un comentario